Política Anticorrupción

1. OBJETIVO:
El Grupo Bertolini estructuró un Programa de Integridad y adoptó reglamentos internos con
el objetivo de comunicar los valores, compromisos y lineamientos institucionales que guían su
prácticas comerciales y rutinas operativas, con el fin de prevenir, monitorear y combatir los riesgos de
corrupción, incumplimiento legal y conductas inapropiadas.
En este contexto, el Grupo Bertolini reconoce la importancia de una conducta ética y
transparente con autoridades públicas, proveedores, prestadores de servicios y socios comerciales
y clientes, para prevenir y combatir la corrupción y otras prácticas ilegales, así como
para la promoción de sus intereses legítimos y el desarrollo de un entorno empresarial
justo. Además, la legislación anticorrupción brasileña prevé la responsabilidad por
personas jurídicas por actos de corrupción (en el ámbito administrativo y civil), y sus
Los representantes y administradores pueden ser considerados individualmente responsables, y también existen
Sanciones penales aplicables a los agentes públicos y particulares involucrados.
Esta Política Anticorrupción (“Política”) es parte del Programa de Integridad de
Grupo Bertolini y fue creado con el propósito de orientar a sus integrantes para garantizar
que las interacciones del Grupo con representantes de las autoridades públicas y también con agentes
privadas, se llevan a cabo de manera ética, transparente, de conformidad con la legislación
aplicable y alineado con los principios de su Programa de Integridad.
Los lineamientos aquí establecidos son complementarios a lo establecido en el Código de Ética.
y Conducta del Grupo Bertolini.

2. ALCANCE:
Esta Política es adoptada por todas las entidades y unidades operativas que integran
el Grupo Bertolini, incluyendo Bertolini S.A., sus controladas y filiales, en Brasil y en
exterior.
Las directrices aquí establecidas deberán ser observadas por todos sus miembros.
(accionistas, miembros de la Junta de Socios, miembros de la Junta Directiva,
administradores, empleados, pasantes, aprendices) y terceros que, de manera autorizada y en
motivo del ejercicio de sus funciones, actúan en nombre del Grupo Bertolini.
Esta Política será comunicada a todos los proveedores, prestadores de servicios y socios.
comerciales (incluidos representantes de ventas, franquicias, distribuidores, consultores,
asesores y otros socios comerciales) del Grupo Bertolini (“proveedores”),
independientemente de la existencia de un contrato formal suscrito entre las partes, y sus disposiciones regulan las relaciones entre ellas, ellas mismas, sus socios, administradores, colaboradores y/o
subcontratado, con el Grupo Bertolini.

3. NORMAS APLICABLES:
Código Penal Responsabilidad penal
Ley N° 8.429/1992 Improbidad Administrativa
Ley nº 9.613/1998 Prevención del blanqueo de capitales
Ley N° 12.813/2013 Conflicto de Intereses
Ley N° 12.846/2013 Anticorrupción
Decreto N° 11.129/2022 Anticorrupción
Legislación anticorrupción vigente en los países donde el Grupo
Bertolini opera

Anti corrupcion

Legislación anticorrupción vigente en los estados y municipios de
que opera el Grupo Bertolini

Anti corrupcion
Ley N° 14.133/2021 Licitaciones
Grupo Bertolini Código de Ética y Conducta Política interna
Política de obsequios, obsequios y atenciones del Grupo Bertolini Política interna
Política de Relación con Proveedores del Grupo Bertolini Política interna

4. ACRÓNIMOS Y DEFINICIONES:
Administracion PUBLICA. La Administración Pública está formada por órganos y entidades
miembros de la administración directa (órganos que integran la estructura de los Poderes Ejecutivos,
Legislativo y Judicial), indirectos (autoridades, fundaciones, empresas públicas,
economía mixta y demás entidades controladas por el Estado) y fundacionales, de cualquiera de las
competencias de la Unión, de los Estados, del Distrito Federal y de los Municipios (art. 2, Ley nº 9.784/1999).
Agente publico. Es agente público el agente político, el servidor público y cualquier otro
quien ejerce, aunque sea temporalmente o sin remuneración, por elección, nombramiento,
nombramiento, contratación o cualquier otra forma de investidura o vínculo, mandato, cargo,
empleo o función en entidades de la administración pública directa e indirecta, en el ámbito de
Unión, Estados, Municipios y Distrito Federal (art. 2, Ley nº 8.429/1992).
Actos nocivos para la administración pública. Según la legislación anticorrupción brasileña,
Constituyen actos lesivos para la administración pública, nacional o extranjera, los realizados por
personas jurídicas que atenten contra bienes públicos nacionales o extranjeros, contra
principios de la administración pública o contra compromisos internacionales asumidos por la
Brasil, definido de la siguiente manera: (I) prometer, ofrecer o dar, directa o indirectamente, ventaja indebida
el agente público, o la tercera persona relacionada con él; (II) demostrablemente, finanzas,
financiar, patrocinar o de cualquier forma subsidiar la práctica de actos ilícitos previstos por la ley;
(III) de manera demostrable, utilizar intermediario por